Existen diferentes medios para el pago de la deuda:

  • ENTIDADES COLABORADORAS: El pago podrá realizarse a través de las diferentes entidades colaboradoras con los documentos emitidos por el Ayuntamiento de Alcalá de Henares: ya sea un recibo o una liquidación en periodo voluntario de pago, mediante autoliquidación o mediante una carta de pago en periodo ejecutivo.
  • PAGO DE TRIBUTOS ONLINE: El pago también podrá efectuarse mediante tarjeta crédito, débito, prepago o virtual a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, en el enlace pago de tributos online.
  • DOMICILIACIÓN BANCARIA ORDINARIA: Los recibos de padrón podrán domiciliarse cargándose en cuenta en las fechas señaladas cada año en el calendario fiscal, en un solo cargo, beneficiándose de un 3% de descuento por domiciliación, con un límite del 300€ por recibo.
  • PAGO A LA CARTA: Los recibos de determinados tributos podrán adherirse al sistema de especial de pago Pago a la Carta, para su pago en diferentes cuotas, ya sea una (julio), cuatro (febrero, mayo, julio y octubre) o nueve (febrero a octubre) a lo largo del ejercicio. También se beneficiarán de un 3% de descuento por domiciliación, con un límite del 300€ por recibo.

No serán admitidos pagos mediante transferencia bancaria, salvo que previamente y en circunstancias especiales, haya sido autorizado dicho ingreso por el Servicio de Recaudación, no teniendo en caso contrario, el ingreso realizado efectos liberatorios del pago de la deuda.

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